Haz Justicia logra que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía declare improcedente el despido de una trabajadora con discapacidad por parte del Ayuntamiento de Jaén

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Granada, 4 de agosto de 2025
En un nuevo paso hacia la consolidación de los derechos de las personas con discapacidad en el ámbito laboral, el despacho Haz Justicia ha conseguido que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, confirme la improcedencia del despido de una trabajadora del Ayuntamiento de Jaén que contaba con una incapacidad permanente total para su profesión habitual.

El procedimiento fue impulsado por la afectada con la representación técnica del graduado social Andrés Urbano Medina, profesional del equipo de Haz Justicia, despacho especializado en derecho laboral y en la defensa de los derechos fundamentales en el trabajo.

La trabajadora venía prestando servicios como personal laboral desde 1995, hasta que en noviembre de 2023 fue despedida tras una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que reconocía una incapacidad permanente total. Sin embargo, la resolución del INSS fijaba un plazo de revisión a partir de diciembre de 2024, circunstancia que Haz Justicia argumentó como esencial para frenar una extinción automática del contrato.

El TSJA ha avalado este planteamiento y ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por el Ayuntamiento, subrayando la necesidad de valorar previamente ajustes razonables antes de extinguir un contrato por causas asociadas a una discapacidad. El fallo se apoya en la interpretación del artículo 48.2 del Estatuto de los Trabajadores, en consonancia con la Directiva 2000/78/CE y la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en concreto la sentencia de 18 de enero de 2024 (Asunto C-631/22).

La Sala también ha recordado el principio de primacía del Derecho de la Unión Europea sobre la normativa interna, y ha establecido que despedir sin evaluar alternativas vulnera el derecho a la no discriminación por razón de discapacidad.

El fallo obliga al Ayuntamiento a optar entre la readmisión de la trabajadora o el pago de una indemnización de 32.722,20 euros brutos, además de los salarios de tramitación. También impone el pago de las costas del recurso, por un importe de 300 euros.

“Esta resolución no solo es un triunfo para nuestra representada, sino un precedente importante en la aplicación efectiva del Derecho Europeo dentro del empleo público. El caso demuestra que no puede haber decisiones automáticas cuando están en juego derechos fundamentales como la igualdad y la inclusión”, ha declarado Andrés Urbano Medina, representante legal de la trabajadora y miembro de Haz Justicia.

Con este resultado, Haz Justicia reafirma su compromiso con la defensa de los derechos laborales, especialmente en los casos donde la dignidad de las personas se ve comprometida por decisiones institucionales que ignoran las obligaciones legales en materia de discapacidad y no discriminación.

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